Offshore en Mar del Plata: Justicia confirmó habilitación para la exploración sísmica

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consideró inadmisible los recursos extraordinarios con los que las ONG ambientalistas buscaron cancelar la exploración petrolera, por lo cual reconfirmó la habilitación de la exploración sísmica a más de 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata que ya había habilitado el 5 de diciembre pasado, informaron ayer fuentes judiciales.
La nueva decisión fue dada a conocer por la mañana por los jueces Eduardo Jiménez y Bernardo Bibel -convocados en medio de la feria judicial- lo que permitirá que las empresas contratadas puedan realizar los trabajos de retrospección sobre el Mar Argentino y permitirá conocer si hay hidrocarburos en la zona CAN 103.
Según estiman las empresas que están involucradas en la exploración de la cuenca, Equinor, YPF y Shell, el yacimiento podría generar exportaciones anuales por más de u$s20.000 millones. Hasta el momento llevaban invertidos en el proyecto u$s100 millones. A fines de diciembre las organizaciones presentaron un recurso extraordinario al considerar que la sentencia tenia potencial de efectos definitivos, y en el escrito presentado por las ONG se expresaba: “Estamos ante la eventual provocación de un daño en el medioambiente de insusceptible reparación ulterior, por lo que la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva”.
A pesar de ello, la Cámara resolvió rechazar los recursos de los ambientalistas, y señalar que la decisión de dejar sin efecto la medida cautelar que frenó la actividad durante el año pasado “no constituye un fallo de carácter definitivo ya que se trata justamente de una cautelar y no de una resolución de fondo en el marco del amparo”. “No cabe ninguna duda de que, aún luego de dictada la resolución recurrida, el derecho de fondo que se discute y no deja de ser litigioso, y la cuestión abordada podrá reeditarse ante eventuales nuevos fundamentos”, señaló la Cámara en su resolución, y expresó que “los recursos planteados por las ONG ambientalistas no reúnen los “requisitos mínimos y básicos” para ser analizados por el tribunal superior (Corte Suprema de la Nación).
En diciembre la Cámara consideró que tanto el Gobierno nacional como Equinor cumplieron con los requisitos que le habían sido requeridos, y revocó parcialmente la medida dictada por el juez Santiago Martín.
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