El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado el Real Decreto que da pie a la creación del registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. De este modo, se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).
Con este RD, se da continuidad al Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del MITECO, en funcionamiento desde el año 2014. Desde entonces, se ha constatado su efectividad contribuyendo a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a nivel nacional, al incremento de las absorciones por los sumideros de carbono en el territorio nacional y a cumplir los compromisos internacionales asumidos por España en materia de cambio climático.
Actualmente, el registro cuenta con 14.520 huellas de carbono inscritas, 23.348 hectáreas de superficie repoblada y ha reconocido compensaciones de huella de carbono correspondientes a 154.406 tCO2.
Ampliación del alcance del registro de huella de carbono
Tras varios años de funcionamiento del registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, se ha considerado oportuno ampliar su alcance para dar cabida a nuevas tipologías de proyectos de absorción y a las huellas de carbono de evento, introducir aclaraciones adicionales que permitan mejorar su funcionamiento, establecer requisitos adicionales de participación que completen los ya existentes, introducir mejoras en la tramitación y reforzar la coordinación con los registros equivalentes autonómicos.
Con la nueva norma, se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono, del establecimiento de un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de su publicación para un conjunto de empresas, así como de todas las instituciones de la Administración general del Estado.
La vicepresidenta del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha señalado: “Medir la huella de carbono nos permite reducir las emisiones, mejorar los procesos productivos, ser más eficientes y competitivos, impulsar la innovación y ser menos dependientes de los combustibles fósiles. La ciudadanía española respalda mayoritariamente las acciones de lucha contra el cambio climático. Nos piden a los gobiernos que hagamos más, no menos. La gran mayoría de la sociedad española no es negacionista, y teme al negacionismo”.
En el registro, se incluyen los esfuerzos de las organizaciones españolas en el cálculo y reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que genera su actividad. De igual manera, les permite compensar toda o parte de su huella de carbono a través de proyectos forestales ubicados en España que integran beneficios ambientales y sociales, entre los que se encuentra la absorción de CO2 de la atmósfera.
¿Qué empresas están obligadas a calcular su huella de carbono?
El RD esteblece obligaciones específicas para ciertas empresas en España en relación con la divulgación de información no financiera y diversidad; empresas que formulen cuentas consolidadas y las sociedades de capital cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y tengan la consideración de entidades de interés público o cumplan la condición para ser considerada gran empresa.
Por otra parte, el RD incluye también a la administración. Así, los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, así como las entidades gestoras y los servicios comunes de la seguridad social, y otras entidades del sector público administrativo estatal deberán calcular de manera anual la huella de carbono de su organización según los requisitos establecidos en este real decreto.