Planteo
La acción de amparo ambiental fue presentada por Román Elías Guitian, en representación de la comunidad originaria Atacameños del Altiplano. En su presentación solicitó como medida cautelar se ordene a la Provincia suspender las autorizaciones a las empresas Livent (ex-Minera del Altiplano SA) y Galaxy Lithium SA, para las diversas obras que construyen en el marco de los proyectos Fénix (construcción del acueducto Ríos Los Patos y ampliación del proyecto Fénix con autorización para la extracción de agua) y Sal de Vida (explotación del proyecto ampliación de campamento, construcción de pozos y piletas de evaporación, con autorización para extracción de agua), hasta que se haya realizado una evaluación de impacto ambiental integral y acumulativo, “se determine la línea de base ambiental de la Subcuenca del Hombre Muerto con la adecuada y oportuna participación y consulta de la Comunidad Atacameños del Altiplano, y con la intervención de las autoridades nacionales”.
En 2021, Guitian denuncia hechos nuevos y solicita ampliación de la medida cautelar a fin de que se ordene a la provincia de Catamarca suspenda toda autorización concedida a las empresas Livent y Galaxy Lithium SA para realizar trabajos u obras en la zona donde se encuentran las tumbas del hombre muerto y del bisabuelo del cacique Guitian.
En octubre de 2021, la Justicia federal se declaró incompetente en la causa y se ordenó remitir el expediente a la Justicia provincial. La Corte se declaró competente para resolver en la acción de amparo ambiental.
En su voto, la presidenta de la Corte, Fernanda Rosales, argumentó que de las pruebas en la causa surge que efectivamente se están desarrollando diversos proyectos mineros cuyas consecuencias impactan en idéntica zona; esto “sin el debido estudio de impacto ambiental acumulativo e integral”.n